
¿Es posible que pierda mi Ciudadanía Italiana? ¡Si! En este post te cuento el motivo.
La pérdida de Ciudadanía Italiana sucede cuando, por ejemplo, cuando una mujer Italiana se casa con un ciudadano extranjero antes del 1 de enero de 1948 y, de acuerdo a las reglamentaciones de ese país, adquiere la ciudadanía del esposo por efecto del matrimonio.
En nuestro país, NO se transmite automáticamente. Por lo tanto si una italiana se casó con un argentino, incluso antes del 48 no perdió su ciudadanía.
¿Cuáles si?
Por ejemplo las legislaciones tanto la española como la polaca. SI contemplan la adquisición automática.
¿Qué ocurre con los matrimonios posteriores al 48 de los países con legislaciones de adquisición automática?
Las mujeres italianas NO pierden su ciudadanía siempre y cuando NO hayan renunciado a la misma.
Ahora hablemos de los hombres ¿qué ocurre en su caso?
El hombre italiano nacido en Italia o en el extranjero, que antes del 16 de agosto de 1992 adquirió otra ciudadanía. Perdió automáticamente la italiana.
Aunque quien perdió su ciudadanía por naturalización desde el 16/08/1992 hasta el 31/12/1997. Pudo declarar su voluntad de readquirirla.
El ciudadano italiano que se naturalizó ciudadano extranjero en su minoría de edad NO perdió su ciudadanía si su padre la mantuvo. Tampoco si alcanzó la mayoría de edad (18 años) y NO renunció a la misma.
Desde el 12/10/1974 rige entre Italia y Argentina un acuerdo de doble ciudadanía. Consiste en que, los ciudadanos nativos que se naturalizaron argentinos luego de esta fecha y antes del 16/8/1992 NO perdieron la ciudadanía italiana. Si el juez federal en el acto de otorgar la naturalización argentina aplicó este acuerdo de doble ciudadanía.
Espero que este post te haya sido de utilidad. No te olvides que somos un estudio con más de 10 años de trayectoria. Comunicate con nosotros y te asesoramos.
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