Ante este panorama, la respuesta siempre es la misma: ¡tranquilo! Si sos descendiente de italianos, por aplicación de la ley italiana de Ius Sanguinis, ya sos italiano de pleno derecho. Y eso es un paso muy importante en el objetivo que se desea: la ciudadanía italiana. Solo será necesario probar estos extremos al anágrafe (que es el equivalente a nuestro registro civil).
Ciudadanía italiana, un trámite in crescendo
Lamentablemente, en nuestro estudio y en los últimos años, se multiplicaron las consultas relativas a la gestión de las ciudadanías italianas y la demanda de este servicio viene con un sostenido ascenso. Digo “lamentablemente” porque en Argentina se puede observar este fenómeno: el de los jóvenes que gestionan sus ciudadanías con el afán de buscar mejores horizontes en otras partes del mundo.
Ahora bien, existen algunos casos en los cuales es necesario realizar un juicio previo a la solicitud de la ciudadanía propiamente dicha.
¿Cuándo se debe hacer juicio?
Corresponderá cuando el descendiente que quiere solicitar la ciudadanía, no tiene otra opción que gestionarla desde un AVO (antepasado en italiano) mujer, y que esta persona haya nacido antes del 1 de enero de 1948. Son los casos donde hay una mujer italiana que se casó con un ciudadano extranjero antes del 1948, por lo que perdió automáticamente su ciudadanía y por lo tanto no transmitió la misma a sus hijos ni a sus sucesivos descendientes. Sólo en estos casos es necesario solicitar el reconocimiento por vía judicial para declarar inaplicable la Ley 555 de 1912, que a nuestro juicio es totalmente discriminatoria.
¿Y por qué esta discriminación?
La Ley 555 del 1912 declaraba que la mujer italiana casada con un extranjero perdía automáticamente su ciudadanía. Lamentablemente, en virtud de la ley precedentemente descripta, esta mujer no transmitía la ciudadanía a sus hijos. Como bien decíamos, esta ley es sumamente discriminatoria, y por tanto creaba una enorme desigualdad entre los derechos de los hombres y las mujeres.
En el año 1975, más bien tarde que nunca, a raíz de una demanda, esta ley se declaró inconstitucional. Un gran avance, pero sin embargo sigue siendo necesario realizar un juicio previo para poder gestionar la ciudadanía en estos casos.
A modo de cierre puedo contarles que en el año 1983 se sanciona en el Parlamento de la República Italiana, la Ley 123 por la cual se reconoce definitivamente el derecho a la mujer a transmitir la ciudadanía al igual que el hombre. Esta tan esperada declaración de igualdad, prescribe su retroactividad a la fecha del nacimiento de República Italiana y vigencia de su Constitución, allá por 1º de enero de 1948, por lo que toda mujer nacida con posterioridad a esta fecha (1948), no tendrá que realizar ningún tipo de juicio para poder transmitir la ciudadanía a sus descendientes.
