PENSIÓN POR FALLECIMIENTO DE UNA PERSONA JUBILADA.

En este post explicaré a quién le corresponde la pensión, requisitos, tips para tener en cuenta y cómo podemos ayudarte en la gestión de tu trámite.
Pensión por fallecimiento de una persona jubilada.

Pensión por fallecimiento de un jubilada.

PENSIÓN POR FALLECIMIENTO DE UNA PERSONA JUBILADA.

Pensión por fallecimiento de una persona jubilada.


En este post explicaré a quién le corresponde la pensión, requisitos, tips para tener en cuenta y cómo podemos ayudarte en la gestión de tu trámite.

Primero que nada tenemos que tener en cuenta que para que puedas acceder a la pensión de un jubilado, el mismo debe haber fallecido. Si ocurrió tal suceso, tenés que estar dentro de uno de estos grupos de personas que pueden acceder al beneficio:

  • Ser cónyuge.
  • Conveniente. 
  • Hijo/a del jubilado.

Seguramente te debes preguntar cuáles son los requisitos para acceder a la pensión, son los siguientes: 

Si estabas casado/a con el/la jubilado/a:

  • Debés poseer la partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento).

En caso que hayas sido su conviviente:

  • Acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen una hija/o reconocida/o por ambos, el plazo se reduce a 2 años.

Si fueras hijo/a del fallecido:

  • Tenés que ser menor de 18 años, soltera/o y no cobrar otra prestación. Y saber que NO hay límite de edad en los casos que la hija/o se encuentre incapacitada/o para trabajar y haya estado a cargo de la jubilada o jubilado fallecido.

Tené en cuenta que:

  1. Deben haber transcurrido 10 días hábiles del fallecimiento de la persona jubilada.
  2. El fallecimiento debe haber ocurrido dentro de los últimos 4 meses.
  3. La jubilación de la persona fallecida a partir de la cual se tramita esta pensión debe pertenecer al régimen general y no a uno especial, como por ejemplo: Docentes Universitarios, Luz y Fuerza o Investigadores Científicos. La pensión tampoco puede ser derivada de una jubilación adquirida con regularización de aportes por moratoria.

Luego de saber y reunir estos requisitos, debés sacar un turno en ANSES y presentar tu trámite.

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Espero que este post te haya sido de utilidad. Te dejo información relacionada para que aprendas más del tema.

https://www.lanacion.com.ar/economia/que-hacer-si-muere-un-beneficiario-de-una-pension-no-contributiva-para-seguir-cobrando-la-asistencia-nid08012023/

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